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GLOSARIO

Renta Vitalicia

La renta vitalicia es un seguro que garantiza al asegurado el cobro de una cantidad fija y periódica, normalmente mensual, durante toda su vida. Su principal objetivo es asegurar ingresos estables y constantes hasta el fallecimiento del asegurado, proporcionando así seguridad económica a largo plazo.

¿Cómo funciona?: 

  • El asegurado entrega un capital inicial a la aseguradora (prima única) o, en algunos casos, realiza varias aportaciones. A cambio, la aseguradora se compromete a pagarle una renta periódica (mensual, trimestral o anual) durante toda su vida. 
  • El importe de la renta periódica depende del capital aportado, la edad y las condiciones pactadas. La aseguradora suele invertir ese capital para generar rentabilidad, lo que puede influir en la cuantía de las rentas. 
  • La duración de la renta es vitalicia, es decir, se mantiene hasta el fallecimiento del asegurado, garantizando así ingresos de por vida. 
  • En algunos productos, se puede pactar que, tras el fallecimiento, los beneficiarios reciban un capital o continúen cobrando la renta durante un periodo determinado. 

 

¿Qué beneficios aporta una renta vitalicia?: 

  • Proporciona ingresos estables y previsibles durante toda la vida del asegurado, lo que es especialmente útil para la jubilación
  • Ofrece ventajas fiscales, ya que solo tributa una parte de la renta percibida y, en algunos casos, existen exenciones para mayores de 65 años. 

 

¿Qué tipos existen?: 

Según la posibilidad de rescate: 

  • Renta vitalicia irreversible o de capital cedido: No permite recuperar el capital aportado ni en vida ni tras el fallecimiento; a cambio, ofrece una renta más alta. 
  • Renta vitalicia reversible o de capital reservado: Permite rescatar el capital o que los beneficiarios reciban una parte tras el fallecimiento del asegurad. 
  • Renta vitalicia mixta: Combina características de las dos anteriores, permitiendo cierto rescate y un pago parcial a los beneficiarios. 

 

Según los beneficiarios: 

  • Renta vitalicia simple: La renta se paga solo al asegurado y termina con su fallecimiento. 
  • Renta vitalicia con reversión: Tras el fallecimiento del asegurado, la renta pasa a un beneficiario (por ejemplo, el cónyuge) durante un periodo o hasta su fallecimiento. 
  • Renta vitalicia con capital para beneficiarios: Al fallecer el asegurado, los beneficiarios reciben un capital previamente pactado. 

 

Fuentes:
Agencia Tributaria 
Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones 

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