Autorizaciones para acceder a la zona de bajas emisiones de Barcelona: ¿se seguirá el ejemplo?

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Actualidad AXA 27935135
02/03/2023

Autorizaciones para acceder a la zona de bajas emisiones de Barcelona: ¿se seguirá el ejemplo?

Recientemente, el pleno del ayuntamiento de Barcelona ha aprobado la modificación de la ordenanza municipal que regula la zona de bajas emisiones, en lo que respecta a las autorizaciones anuales, para que los titulares de los vehículos contaminantes a los que no les corresponde ningún distintivo ambiental de la DGT (Cero, Eco, C y B) con las rentas más bajaspuedan también acceder a la zona de bajas emisiones, siempre y cuando acrediten tener unos ingresos económicos anuales inferiores a 2 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), pudiendo éste ser incrementado según el número de miembros de la unidad familiar. 

Se trata de una autorización que tiene una vigencia de un año y que se puede ir renovando anualmente.

A esto se le unen otras modificaciones respecto a las autorizaciones:

Diarias: 24 días de autorización para aquellos vehículos sin etiqueta, incluidos vehículos históricos, y también para los vehículos extranjeros.

Temporales: vehículos de aquellos profesionales a los que les quede 5 años para jubilarse; vehículos que se estén reparando en talleres, mientras dure dicha reparación y vehículos sin etiqueta, cuando el propietario de ese vehículo acredite que ha comprado un vehículo no contaminante.

Los propietarios de vehículos sin etiqueta que cumplan estos requisitos, para poder circular por la zona de bajas emisiones tendrán que estar inscritos en el registro metropolitano.

¿Sucederá lo mismo con otros municipios de más de 50.000 habitantes o de 20.000 con altos índices de contaminación? ¿Regularizarán sus zonas de bajas emisiones siguiendo el ejemplo de Barcelona?

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